Texto oficial
Artículo 5.o La organización interna de la Caja se constituirá a base de Departamentos, Subdepartamentos y Secciones y sus funciones se determinarán en los Reglamentos que para este efecto dicte el Consejo de Administración.
Establece disposiciones organicas por las que ha de regirse la caja de prevision de los carabineros de chile
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