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Artículo 18 del Decreto Con Fuerza de Ley 353

Aprueba el texto de la ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5496 / 7121434.

Texto oficial

Artículo 18.o La Dirección deducirá el valor total de los elementos que suministre a los diferentes servicios e instituciones, de los fondos puestos a su disposición, de acuerdo con lo que establece el artículo 16.o de la presente ley.