Texto oficial
Artículo 10°.- El Superintendente deberá dictar un reglamento de calificaciones del personal para el buen funcionamiento del Servicio.
Fija estatuto del personal de la superintendencia de valores y seguros
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5579 / 5869594.