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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 411

Fija estatuto del personal de la superintendencia de valores y seguros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5579 / 5869594.

Texto oficial

Artículo 10°.- El Superintendente deberá dictar un reglamento de calificaciones del personal para el buen funcionamiento del Servicio.