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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 432

Fija el texto definitivo del decreto con fuerza de ley 165, de 4 de julio de 1953, que establecio una bonificacion en favor de los empleados y obreros del pais.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5586 · idParte: 9074147

Texto oficial

Artículo 5.° Las bonificaciones a que se refiere el presente decreto con fuerza de ley no tendrán el carácter de sueldo o salario para ningún efecto legal, ni siquiera para los efectos tributarios, previsionales o de cualquier otro orden, y son irrenunciables e inembargables.