Texto oficial
Artículo 5°.- El derecho de hacer determinar Dto. 3777/43,
judicialmente los saldos semestrales, prescribe en dos Hac., Art. 5°
años, contados desde la fecha del respectivo balance.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques
idNorma: 5594 · idParte: 8627595