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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 1385

Establece regimen de subvenciones para las instituciones colaboradoras del servicio nacional de menores

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5613 · idParte: 9034718

Texto oficial

Artículo 8° La subvención se pagará mensualmente por el Servicio Nacional de Menores.