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Artículo 18 del Decreto Con Fuerza de Ley 1493

Estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5614 / 8988889.

Texto oficial

Art. 18. En la última quincena de cada año los Directores de Departamento, Jefes de Sección y demás funcionarios del Ministerio, elevarán al Subsecretario una información reservada sobre la conducta funcionaria, aptitudes y eficiencias de los empleados comprendidos en los grados e) y siguientes del Escalafón que están bajo su inmediata dependencia. La información anual deberá concretarse a fijar, a cada empleado, una calificación numérica, ajustada a las bases que establezca el Reglamento del Ministerio. Perderá su cargo a quien se dieren tres veces sucesivas calificaciones malas.