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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1494

Estatuto orgánico del servicio diplomatico

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5615 · idParte: 8988903

Texto oficial

Art. 5.o El personal de empleados de las Misiones Diplomáticas de Chile en el extranjero comprende las siguientes categorías: 1.o Consejeros de Embajada; 2.o Primeros Secretarios de Embajada; 3.o Primeros Secretaoriosde Legación; 4.o Segundos Secretarios de Embajada; 5.o Segundos Secretarios de Legación; 6.o Adictos Comerciales; y 7.o Agregados Militares o Navales.