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Artículo 15 del Decreto Con Fuerza de Ley 1494

Estatuto orgánico del servicio diplomatico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5615 / 8988913.

Texto oficial

Art. 15. Los Jefes de Misión remitirán en la primera quincena de cada semestre, una información reservada sobre la conducta funcionaria social y aptitudes del personal de Secretaría de su dependencia. La información semestral deberá concretarse fijando a cada empleado una calificación numérica ajustada a las bases que establezca el Reglamento del Servicio Diplomático. Perderá su cargo el funcionario a quien se dieren tres veces suceivas calificaciones malas.