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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 1494

Estatuto orgánico del servicio diplomatico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5615 / 8988924.

Texto oficial

Art. 26. Los Secretarios presentarán su solicitud de licencia por intermedio de los jefes de Misión, quienes la informarán. En caso de renuncia caducarán los derechos si, dentro del plazo de cuatro meses, a contar desde la fecha de la aceptación de ella, los interesados no regresan al país.