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Artículo 49 del Decreto Con Fuerza de Ley 1730

Decreto Con Fuerza de Ley 1730

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5617 / 9087003.

Texto oficial

Art. 49. En caso de que no haya interesados dentro de las categorías inmediatamente inferiores a un puesto vacante, éste se proveerá por concurso, en el cual se exigirán todas las condiciones señaladas en los artículos 28 y 29.