Saltar al contenido

Artículo 51 del Decreto Con Fuerza de Ley 1730

Decreto Con Fuerza de Ley 1730

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5617 / 9087005.

Texto oficial

Art. 51. Las calificaciones se comunicarán al personal en el mes de Enero de cada año y éste tendrá derecho a reclamar de ellas dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se le hayan comunicado. Previo informe del jefe inmediato del empleado reclamente, el Director se pronunciará nuevamente.