Texto oficial
Artículo 13°- Son requisitos generales de ingreso a
Gendarmería de Chile, para los cargos que se establecen,
los siguientes:
1. Aspirantes a Oficiales Penitenciarios Masculinos y
Femeninos:
a) Ser chileno o chilena;
b) Tener entre 18 y 23 años de edad;
c) Ser soltero o soltera;
d) Tener licencia de educación media.
e) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y
acreditar valer militar, cuando proceda;
f) Tener salud apta para desempeñar funciones en
cualquier lugar del territorio de la República según lo
determine la Comisión Médica de Gendarmería de Chile que
para tales efectos se nomine;
g) No haber sido condenado por crimen o simple delito,
lo que se acreditará a través del certificado al que alude
el inciso final del artículo 38 de la ley N° 18.216. El
mencionado documento se requerirá nuevamente una vez
finalizado el proceso de formación.
h) Haber rendido la prueba de acceso a la educación
superior o cualquier otro instrumento que la reemplace, con
antigüedad no superior a dos años y haber obtenido el
puntaje mínimo establecido en el Reglamento Interno de
Admisión de la Escuela de Gendarmería.
i) Cumplir con las demás exigencias y requisitos que
establezca el Reglamento Interno de Admisión de la Escuela
de Gendarmería.
2. Gendarmes-Alumnos y Gendarmes-Alumnas:
a) Ser chileno o chilena;
b) Tener entre 18 y 25 años de edad;
c) Ser soltero o soltera;
d) Tener licencia de educación media.
e) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y
acreditar valer militar, cuando proceda;
f) Tener salud apta para desempeñar funciones en
cualquier lugar del territorio de la República, según lo
determine la Comisión Médica de Gendarmería de Chile que
para tales efectos se nomine;
g) No haber sido condenado por crimen o simple delito,
lo que se acreditará a través del certificado al que alude
el inciso final del artículo 38 de la ley N° 18.216. El
mencionado documento se requerirá nuevamente una vez
finalizado el proceso de formación.
h) Cumplir con las demás exigencias y requisitos que
establezca el Reglamento Interno de Admisión de la Escuela
de Gendarmería.
3. El resto del personal para ingresar a la
institución, en todo caso, deberá acreditar la
especialidad con título profesional o técnico, según
corresponda, haber cumplido con la ley de reclutamiento y
las demás exigencias establecidas en las leyes.