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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 2096

Decreto Con Fuerza de Ley 2096

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5623 / 5870241.

Texto oficial

Art. 3.o La administración de los servicios de Previsión Social, estará a cargo de un Administrador General, responsable del servicio, que ejecutará los acuerdos del Consejo. Esta administración la realizará por medio de dos secciones que supervigilen y administren la previsión de los empleados y la de los obreros respectivamente.