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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 2100

Fija la organizacion de los tribunales para empleados particulares y obreros (trabajo y vivienda).

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5624 / 5870291.

Texto oficial

36. Los Tribunales de Conciliación y Arbitraje que funcionen actualmente y los de la Vivienda, subtanciarán los juicios en conformidad a las reglas dadas en el presente decreto y sus miembros continuarán en el ejercicio de sus cargos en el carácter de interinos hasta que se designen los propietarios en la forma establecida en este decreto.