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Artículo 69 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499641.

Texto oficial

Artículo 69. Los libros remitidos deberán ser previamente revisados por el Conservador, para comprobar si se encuentran en condiciones de servicio, e irán con sus hojas numeradas y timbradas con el timbre seco de este funcionario.