Saltar al contenido

Artículo 105 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499678.

Texto oficial

Artículo 105. Semanalmente remitirán los Oficiales Civiles a los Gabinetes de Identificación correspondientes, nóminas de los matrimonios y defunciones ocurridos en la Oficina a su cargo, en que le hubiere sido posible comprobar el número de la cédula de identidad de alguno de los contrayentes o del fallecido, dato que comunicará.