Texto oficial
Artículo 183. Son requisitos esenciales de la
inscripción de una defunción: la fecha del fallecimiento y
el nombre, apellido y sexo del difunto.
Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499762.