Saltar al contenido

Artículo 189 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5627 · idParte: 8499768

Texto oficial

Artículo 189. El funcionario encargado de otorgar pases de sepultación provisorios, podrá cobrar como honorarios la cantidad de dos pesos ($ 2).