Texto oficial
Artículo 238. Los protocolos no podrán ser sacados de
la oficina del Oficial Civil, ni aun por orden judicial,
salvo en los casos fortuitos o de fuerza mayor, sino por el
Oficial Civil en persona.
Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499823.