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Artículo 238 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499823.

Texto oficial

Artículo 238. Los protocolos no podrán ser sacados de la oficina del Oficial Civil, ni aun por orden judicial, salvo en los casos fortuitos o de fuerza mayor, sino por el Oficial Civil en persona.