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Artículo 309 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499902.

Texto oficial

Artículo 309. Las fichas de defunciones de mayores de un año, contendrán las siguientes indicaciones especiales: 1.o) Día, mes y año del fallecimiento; 2.o) Domicilio del difunto; 3.o) Nombre del lugar (ciudad, aldea o fundo) en que ocurrió la defunción; 4.o) Clase de local (casa-habitación, cité, conventillo, maternidad, etc.), en que ocurrió el fallecimiento; 5.o) Fecha en que nació el fallecido (mes y año); 6.o) Edad del fallecido, en años cumplidos; 7.o) Sexo; 8.o) Estado civil; 9.o) Profesión o medio de vida; 10.) Nacionalidad; 11.) Causa originaria y causa precisa de la muerte; 12.) Si la defunción fué comprobada por certificado médico o por testigos.