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Artículo 365 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499965.

Texto oficial

Art. 365. El Conservador llevará un Escalafón en que se clasificará al personal del Registro Civil por orden de antigüedad dentro de cada grado, según las reglas establecidas por el presente Reglamento.