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Artículo 390 del Decreto Con Fuerza de Ley 2128

Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5627 · idParte: 8499992

Texto oficial

Art. 390. A esta solicitud deberán acompañarse los siguientes documentos: certificado de nacimiento; certificado de haber cumplido con la Ley de Servicio Militar Obligatorio, y certificado de la autoridad policial del lugar de su último domicilio o de los jefes bajo cuya dirección inmediata hubiera servido en la administración pública, que acrediten su buena conducta y aptitudes.