Texto oficial
Art. 393. El cuestionario a que se refiere el artículo
anterior irá dispuesto en forma que deje, después de las
preguntas, un espacio destinado a escribir las respuestas.
Aprueba reglamento orgánico del servicio de registro civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5627 / 8499995.