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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 2252

Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087033.

Texto oficial

Artículo 12° Los miembros del Consejo serán solidariamente responsables de los acuerdos que se adopten, a menos que hagan constar en el acta su oposición. Ningún consejero podrá intervenir en asuntos que le interesen personalmente o que puedan beneficiar a su cónyuge o a sus parientes legítimos consanguíneos hasta el 4 grado y a los afines hasta el 2° grado, inhabilidad que deberá advertir y hacer constar en el acta.