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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 2252

Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087038.

Texto oficial

1.- Del Fondo de Retiro (ARTS. 17-18) Artículo 17° El Fondo de Retiro de los imponentes se formará con las siguientes imposiciones: a) De cargo de los imponentes: 1) El 5% de las remuneraciones imponibles que perciban; 2) La diferencia del primer mes de los sueldos, salarios y honorarios fijos, cada vez que reciban mayor emolumento, y 3) El 10% de las asignaciones familiares que reciban. b) De cargo de los empleadores: El 5% de las remuneraciones imponibles que paguen a los imponentes.