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Artículo 34 del Decreto Con Fuerza de Ley 2252

Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087055.

Texto oficial

Artículo 34° Los imponentes con veinticuatro o más años de imposiciones computables que se retiren del servicio tendrán derecho a gozar de la pension de jubilación que les corresponda, en la proporción contemplada en el artículo anterior, sin que necesiten justificar la existencia de condición alguna.