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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 2252

Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087075.

Texto oficial

8.o- De la asignación familiar de jubilados y beneficiarios de montepío (ART. 54) Artículo 54° La Caja proporcionará a sus pensionados de jubilación y montepío el beneficio de la asignación familiar, por las mismas cargas y con los mismos requisitos y condiciones establecidos respecto de los imponentes en servicio activo; pero su monto se regulará por el Consejo de acuerdo con la asignación liquida completa otorgada a éstos. La asignación familiar de los beneficiarios de montepío se otorgará sólo por los hijos que motivaban asignación familiar a la muerte del causante, sin perjuicio de los derechos del póstumo en su caso.