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Artículo 8 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 2252

Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087106.

Texto oficial

Artículo 8° los imponentes del Departamento de Previsión del Personal de la Caja de Crédito Agrario, deudores de obligaciones a corto plazo, a cuyo pago estuvieren afectos sus fondos de indemnización, deberán servir en adelante sus obligaciones con arreglo a las normas que se contemplan en el reglamento para el servicio de las deudas a largo plazo.