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Artículo 11 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 2252

Crea la caja de prevision y estimulo de los empleados del banco del estado de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5628 / 9087109.

Texto oficial

Artículo 11° Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 1° transitorio, cada una de las instituciones que se fusionan practicará un Estado de Situación al último día hábil anterior a la fecha de vigencia de este decreto con fuerza de ley, el que será publicado en el "Diario Oficial". Dicho Estado de Situación y demás comprobaciones que fueren de rigor se efectuarán de acuerdo con instrucciones que impartirá la Superintendencia de Bancos, la que, además, verificará la exactitud de los saldos y cifras correspondientes.