Texto oficial
Art. 2.o Este Consejo se compone de:
a) Dos Oficiales generales del Ejército en servicio activo;
b) Dos oficiales generales de la Armada Nacional, en servicio activo;
c) Un oficial general, o superior, a falta del primero, de la Fuerza Aérea, en servicio activo;
d) Dos oficiales superiores de Carabineros de Chile, en servicio activo; y
e) Un alto funcionario de la Caja Nacional de Ahorros.