Texto oficial
Art. 16. Si las circunstancias lo exigieren, los
Visitadores podrán tomar providencias provisorias e
inmediatas contra los funcionarios inculpados, dando cuenta
en el acto al Director General.
Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5630 / 8988962.