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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 2325

Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5630 · idParte: 8988972

Texto oficial

Art. 26. Las funciones del Inspector serán las que establecen las leyes y reglamentos del servicio. Las del personal subalterno se fijarán por decreto de la Dirección General.