Texto oficial
Art. 37. La planta y sueldos de los servicios de
inspección podrán modificarse en cualquier momento a
petición del Director General, los empleados serán
removidos en los casos en que el Director lo juzgue
necesario para el buen servicio.
Los empleados eliminados tendrán preferencia para
ingresar a la Caja de Crédito Popular, siempre que sus
calificaciones sean satisfactorias.