Texto oficial
Art. 51. Anualmente el Director General rendirá cuenta
del ejercicio del Presupuesto a la Contraloría General.
Apruebase la siguiente ordenanza que organiza los servicios del credito popular y de casas de martillo.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5630 / 8988991.