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Artículo 77 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5636 / 7122712.

Texto oficial

Artículo 77.o- Los vehículos de carga para el servicio público de tracción motorizada, animal o de propulsión humana, llevarán visible en su costado izquierdo un letrero en fondo amarillo con letras negras que diga: "Se fleta".