Texto oficial
Artículo 77.o- Los vehículos de carga para el servicio público de tracción motorizada, animal o de propulsión humana, llevarán visible en su costado izquierdo un letrero en fondo amarillo con letras negras que diga: "Se fleta".
Ordenanza general del tránsito
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5636 / 7122712.