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Artículo 98 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5636 · idParte: 7122736

Texto oficial

Artículo 98.o- Sólo en los vehículos policiales, carros bombas y ambulancias de servicios asistenciales y hospitalarios, podrá usarse en actos del servicio de carácter urgente un dispositivo de sonido especial adecuado a sus funciones.