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Artículo 169 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5636 / 7122818.

Texto oficial

Artículo 169.o- Corresponderá exclusivamente a la Dirección de Vialidad fiscalizar en todo el territorio de la República la señalización, quedando facultada para retirar u organizar el retiro de aquellos signos del tránsito, que no estén conformes con las prescripciones por ella establecidas.