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Artículo 177 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5636 · idParte: 7122827

Texto oficial

Artículo 177.o- Se presume la falta de responsabilidad de los ferocarriles en todo accidente que ocurre en un cruce en el cual mantenga en funciones un guarda-cruzada, un dispositivo automático o la señalización oficial.