Texto oficial
Artículo 211.o- El conductor que enfrente el signo "PARE", deberá detenerse el vehículo cediendo el derecho a vía a los que circulen por la vía de preferencia, y podrá reiniciar la marcha sólo cuando pueda hacerlo en condiciones que eliminen toda posibilidad de accidente.
El conductor que enfrente el signo "CEDA EL PASO", deberá reducir la velocidad hasta la detención, si fuere necesario, para ceder el derecho a vía a todo vehículo que circule por la otra vía y cuya proximidad constituya un riesgo.