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Artículo 303 del Decreto Con Fuerza de Ley 3068

Ordenanza general del tránsito

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5636 · idParte: 7122963

Texto oficial

Artículo 303.o- En la apelación podrán hacerse parte el representante legal de la respectiva Municipalidad, el jefe del servicio que corresponda y el infractor.