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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 3390

Reglamento para el nombramiento de los funcionarios judiciales y formacion del escalafon.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5638 / 9089608.

Texto oficial

TITULO V {ARTS. 17-24} De la Comisión Especial de Escalafón Art. 17. Una Comisión especial, compuesta de S. E. el Presidente de la República, del Ministro de Justicia, del Presidente de la Corte Suprema, de los dos Ministros más antiguos de la misma Corte y del Fiscal de ese Tribunal, formará el Escalafón General del Poder Judicial y las listas de que tratan los artículos 9, 10 y 11.