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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 4901

Caja de prevision de los carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5645 / 9034882.

Texto oficial

Art. 12. Gastos de Funerales.- La Caja concurrirá a los gastos de funerales de los empleados del Cuerpo que fallecieren en servicio activo, con un auxilio equivalente a un mes de sueldo, y a los de los empleados en retiro con la ayuda de un mes de pensión.