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Artículo 42 del Decreto Con Fuerza de Ley 4901

Caja de prevision de los carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5645 / 9034915.

Texto oficial

Art. 42. Son atribuciones del Consejo de Administración: a) Dictar los Reglamentos internos que estime necesarios para la buena marcha de la Institución y fijar las atribuciones, deberes y reponsabilidad del personal; b) Resolver la inversión que debe darse a los fondos sociales de acuerdo con lo establecido al respecto en el presente decreto; c) Publicar anualmente una memoria y balance general de las operaciones efectuadas en la Caja; d) Nombrar dos Inspectores de Cuentas para revisar y comprobar las operaciones de este balance; y e) Resolver todo asunto que no esté previsto en este decreto.