Texto oficial
Art. 33. Corresponde al Comité Mixto de Progreso
Educacional considerar y proponer a la Facultad respectiva
todo lo que diga relación con la cultura física y
artística la extensión cultural, las actividades de orden
social, y en general, todo lo que se relaciona con la buena
marcha, moralidad y progreso de la Escuela, el bienestar de
los alumnos y el perfeccionamiento de la enseñanza.