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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 7912

Decreto que organiza las secretarias del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5654 / 8255670.

Texto oficial

Art. 8° Corresponde al Ministerio de Guerra: a) Todo lo relacionado con la eficiencia del Ejército, su disciplina y fórmulas de respeto y abnegación; la preparación y selección del personal y la modernización del material; los trabajos preparatorios de la defensa terrestre y de acuerdo con el Ministerio de Marina, la de las costas; b) Intervenir en el trazado y trocha de los ferrocarriles que se proyecten y construyan; c) La disciplina y orden de las naves que vuelen sobre el territorio nacional o aterricen en él; d) Los Club Hípicos e Hipódromos.