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Artículo 3 del Decreto Ley 26

Decreto-lei n.° 26, que establece el servicio de identificacion personal obligatorio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5676 / 8788343.

Texto oficial

Art. 3.° Los gabinetes se hallarán bajo la vigilancia inmediata de las respectivas jefaturas de policías departamentales, pero técnicamente quedarán bajo la vijilancia del Gabinete Central.