Texto oficial
ARTICULO 3° Las facultades que los dos artículos
anteriores otorgan al funcionario referido, serán ejercidas
por éste en conformidad con las normas que establezca el
reglamento que se dictará dentro del plazo de 30 días.
Otorga al secretario del senado las facultades que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5788 / 9035049.