Texto oficial
Art. 16. La Municipalidad de la ciudad de Santiago queda encargada de la reglamentacion, vijilancia e inspeccion de la prostitucion y de las casas donde se ejerza o tolere, tomando las oficinas de sanidad a su cargo únicamente lo que diga relacion con la profiláxis y curacion de las enfermedades de carácter venéreo.