Saltar al contenido

Artículo 24 del Decreto Ley 174

Decreto Ley 174

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5832 / 8825672.

Texto oficial

Art. 24. Deróganse las disposiciones del Código Sanitario que sean contrarias a las del presente decreto-lei.